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OGAIPO aprueba dictámenes de incumplimiento de entes públicos en sus obligaciones de transparencia

PorPAME

Jun 17, 2025 ,

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 17 de junio de 2025.- La tarde de hoy, el Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), efectuó su Décima Primera Sesión Ordinaria.

A través de un acuerdo se aprobaron siete dictámenes de incumplimiento respecto a las fracciones revisadas que establece el Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2024. Se trata del Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca, el Telebachillerato Comunitario del Estado de Oaxaca, la Universidad de la Cañada, la Universidad de la Sierra Juárez, la Universidad de la Sierra Sur, la Universidad del Istmo y la Universidad del Mar.

Las instituciones públicas antes señaladas, incumplen respecto a la información que publican de sus obligaciones de transparencia, contarán con un término de 20 días para solventar observaciones.  El Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia garantiza que los sujetos obligados mantengan un nivel de transparencia adecuado, promoviendo el acceso a la información pública.

De la misma forma, por medio de un acuerdo se aprobó una medida de apremio. Esta medida está diseñada para garantizar el acceso a la información pública y promover la rendición de cuentas por parte de los entes públicos.

Por lo anterior, el Ayuntamiento de Ocotlán de Morelos fue sancionado con una amonestación pública. Constituye una advertencia formal dirigida a la persona servidora pública responsable, por haber incurrido en faltas administrativas no graves relacionadas con el desempeño o el incumplimiento de obligaciones en materia de transparencia.

Finalmente, se resolvieron cuarenta y dos recursos de revisión interpuestos por ciudadanas y ciudadanos inconformes con las respuestas de instituciones públicas, en su totalidad son solicitudes de acceso a la información. En cinco casos se modificó el sentido de la respuesta que entregó al solicitante; en diez se ordenó la entrega de la información; en tres recursos se confirma la respuesta del Sujeto obligado; mientras que diecisiete recursos se sobreseyeron y siete se desecharon.